Convocatoria de subvenciones para el sector turístico reguladas en el Capítulo I del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo.
EXTRACTO Publicado el 20 de abril de 2021, de la ayuda del CAPITULO I del Decreto-ley 4/2021, boletín completo en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/535/BOJA21-535-00012-6798-01_00190685.pdf
DESCRIPCIÓN DE LA AYUDA
Hasta el 5 de mayo pueden solicitar subvenciones de 3000€, por orden de entrada y hasta se agoten fondos, las pequeñas y medianas empresas del sector del turismo, inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía y con actividad desde el 13 de marzo de 2020 que hayan tenido una caída de ingresos de al menos, un veinte por ciento, en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019 por la crisis sanitaria.
Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas. https://juntadeandalucia.es/…/BOJA21-525-00083-5396-01… BOJA: Extraordinario núm. 25 – Jueves, 25 de marzo de 2021
CAPÍTULO I: Medidas extraordinarias y urgentes para el sector turístico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19)
Obligación: Tendrán la obligación de mantener ininterrumpidamente su inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía y su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Andalucía al menos, seis meses desde finalizado el plazo de la convocatoria (hasta el 6 de noviembre de 2021)
Objeto de la subvención: La subvención tiene por objeto dar respuesta a sus necesidades de financiación de capital circulante, compensando la caída de ventas o ingresos derivada de los efectos del impacto económico negativo que la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y las medidas acordadas para contener la propagación de la pandemia han provocado en su actividad.
Personas beneficiarias:
- a) Línea 1. Ayudas a empresas organizadoras de actividades de turismo activo.
- b) Línea2. Ayudas a casas rurales.
- c) Línea 3. Ayudas a guías de turismo.
Concepto subvencionable e importe de la subvención.
- Estas ayudas se conceden por un importe fijo de 3.000 euros, con la finalidad de financiar las necesidades de capital circulante o de explotación de las empresas del sector,
- Los gastos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y hasta 4 meses después desde que se abra la convocatoria.
A estos efectos se entenderá como gasto realizado únicamente el gasto que ha sido efectivamente pagado en dicho periodo.
Para más información en el CADE Siles-Orcera
Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza
JUNTA DE ANDALUCIA
Tel: 953107011/671532342 fjsanchezg@andaluciaemprende.es